En muchas ocasiones me he detenido en la polémica cuestión del régimen concursal de los clubes de fútbol (por ejemplo, aquí y aquí), en definitiva, en el debate surgido a raíz de la ya lejana reforma de la LC operada por la Ley 38/2011, que introdujo la tantas veces referida y analizada Disposición adicional segunda.
abril 17
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