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Administradores sociales y comunicación de conflicto de interés

La reciente STS de 7 de abril de 2016, comentada ya aquí por el profesor Alfaro, analiza el contenido, alcance y finalidad del deber de abstenerse en deliberaciones y votaciones por parte de administradores sociales incursos en conflicto de interés (actual artículo 228 LSC tras la reforma por la Ley 31/2014 y antiguo 229 LSC)..