Uno de los aspectos tradicionalmente más controvertidos del régimen de la cláusula penal (artículos 1152 y ss) del Código Civil, ha sido siempre el de determinar el alcance de la facultad de moderación de la misma en el caso de que fuera pactada, por parte del Juez (artículo 1154 del CC). El debate en la.
diciembre 17
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