<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>EL BLOG DE LUIS CAZORLAEL BLOG DE LUIS CAZORLA &#187; Abogacía &#124; </title>
	<atom:link href="http://luiscazorla.com/tag/abogacia/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://luiscazorla.com</link>
	<description>EL BLOG DE LUIS CAZORLA</description>
	<lastBuildDate>Thu, 01 Jun 2023 08:15:31 +0000</lastBuildDate>
	<language>es-ES</language>
	<sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=4.2.39</generator>
	<item>
		<title>Un pequeño desahogo sobre la «hiperespecialización» del abogado</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2015/12/un-pequeno-desahogo-sobre-la-hiperespecializacion-del-abogado/</link>
		<comments>http://luiscazorla.com/2015/12/un-pequeno-desahogo-sobre-la-hiperespecializacion-del-abogado/#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 13 Dec 2015 12:48:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Abogacía]]></category>
		<category><![CDATA[especialización]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=2203</guid>
		<description><![CDATA[<p>La impartición de clases en diferentes Máster de Acceso y el constante contacto con estudiantes, becarios y abogados junior permite tener acceso continuo a las preocupaciones de quiénes quieren acceder al mercado laboral de la abogacía o se encuentran en ello, lo que constituye a muchos efectos un gratificante y enriquecedor retorno. Llama poderosamente la.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2015/12/un-pequeno-desahogo-sobre-la-hiperespecializacion-del-abogado/">Un pequeño desahogo sobre la «hiperespecialización» del abogado</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>La impartición de clases en diferentes Máster de Acceso y el constante contacto con estudiantes, becarios y abogados junior permite tener acceso continuo a las preocupaciones de quiénes quieren acceder al mercado laboral de la abogacía o se encuentran en ello, lo que constituye a muchos efectos un gratificante y enriquecedor retorno.</p>
<p>Llama poderosamente la atención la obsesión con la adquisición de una formación y conocimientos muy especializados en alguna materia concreta, o permitidle llamarlo así, la «hiperespecialiación», tendencia que tiene un origen o causas complejas en las que confluyen factores de muy diverso tipo, cuyo análisis no es nuestro propósito en estas líneas.</p>
<p>Las bondades de un conocimiento especializado son obvias, no merece la pena detenerse ahora en ellas, y constituyen la manifestación de la madurez de un mercado jurídico, impulsado, en este punto, como en otras muchas cuestiones, por la estructura y funcionamiento de las grandes firmas y empresas de servicios jurídicos.</p>
<p>Ahora bien, como en todo, en el equilibrio y el punto medio se encuentra la virtud; la formación de jóvenes excesivamente especializados en un área muy concreta desde sus inicios, puede truncar una adecuada formación jurídica, dado que en ocasiones no permite tener una visión de conjunto del ordenamiento jurídico, que ampare a la larga disponer de un «olfato» y «sentido común» jurídico, que en muchas ocasiones es el verdadero valor añadido (y no la simple aplicación de un proceso). Incluso, la verdadera especialización, ha de partir necesariamente de una adecuada base multidisciplinar, dado que cualquier especialidad jurídica, forma siempre parte de un ordenamiento jurídico complejo. Una actividad excesivamente especializada corre el riesgo de limitarse a una mera repetición de análisis y procesos en el tiempo, perdiéndose por el camino lo esencial del asesoramiento jurídico.</p>
<p>A lo anterior ha de añadirse que frente, a los escenarios  que se anuncian de progresiva participación de ordenadores, inteligencia artificial y nuevas tecnologías tendentes a sustituir la intervención humana en prestación de servicios jurídicos, la única vía para reforzar la posición del abogado en ese escenario futuro, es apostar por un asesoramiento jurídico que sea tal, -en el sentido clásico- y eso pasa necesariamente por una formación global y de conjunto, que sin dar la espalda a la especialización sea capaz concluir en un consejo y orientación jurídica que, en muchas ocasiones, no es una simple respuesta concreta, o un tanto por ciento determinado. Se trata de la recuperación de alguna de las esencias del asesoramiento jurídico tradicional, para dotar de más valor al mismo, muchas veces convertido en una simple aplicación de procesos y precedentes específicos. Merece la pena el esfuerzo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2015/12/un-pequeno-desahogo-sobre-la-hiperespecializacion-del-abogado/">Un pequeño desahogo sobre la «hiperespecialización» del abogado</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://luiscazorla.com/2015/12/un-pequeno-desahogo-sobre-la-hiperespecializacion-del-abogado/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>1</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Sobre la marca personal del abogado</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2015/09/sobre-la-marca-personal-del-abogado/</link>
		<comments>http://luiscazorla.com/2015/09/sobre-la-marca-personal-del-abogado/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 10 Sep 2015 14:51:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Abogacía]]></category>
		<category><![CDATA[marca personal]]></category>
		<category><![CDATA[marketing]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=2031</guid>
		<description><![CDATA[<p>Los que seguís con relativa asiduidad en blog sabéis que en ocasiones me detengo en uno de los temas estrella del momento en el ámbito del marketing jurídico, como es el de la «marca personal del abogado» en la medida en la que guarda relación directa con la formación de abogados, aspecto este que puede.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2015/09/sobre-la-marca-personal-del-abogado/">Sobre la marca personal del abogado</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Los que seguís con relativa asiduidad en blog sabéis que en ocasiones me detengo en uno de los temas estrella del momento en el ámbito del marketing jurídico, como es el de la «marca personal del abogado» en la medida en la que guarda relación directa con la formación de abogados, aspecto este que puede ser de interés para estudiantes de derecho y jóvenes profesionales.</p>
<p>A este aspecto me he referido aquí en un <a href="http://luiscazorla.com/2015/05/a-proposito-de-la-marca-personal-del-abogado/" target="_blank">post</a> que he tenido ocasión de desarrollar en este artículo publicado <a href="http://tecnologia.elderecho.com/tecnologia/marketing_de_despachos/marca-personal-abogado_11_856555002.html" target="_blank">en El Derecho</a>,  que os dejo pos si os resulta de utilidad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2015/09/sobre-la-marca-personal-del-abogado/">Sobre la marca personal del abogado</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://luiscazorla.com/2015/09/sobre-la-marca-personal-del-abogado/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>¿Por qué el blog?</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/12/por-que-el-blog/</link>
		<comments>http://luiscazorla.com/2014/12/por-que-el-blog/#comments</comments>
		<pubDate>Thu, 18 Dec 2014 19:25:27 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Abogacía]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=1562</guid>
		<description><![CDATA[<p>Más de 15 meses ya de blog, y aunque en muchas ocasiones he deslizado el ¿por qué? del blog, os dejo aquí un post que me publican mis amigos de Mirada 360, que en el marco de otras entrevistas a conocidos y prestigiosos blogueros (no es mi caso), en el que me detengo en la.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/12/por-que-el-blog/">¿Por qué el blog?</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Más de 15 meses ya de blog, y aunque en muchas ocasiones he deslizado el ¿por qué? del blog, <a href="http://www.marketingparaabogados.eu/luis-cazorla-blog-juridico/" target="_blank">os dejo aquí un post </a>que me publican mis amigos de Mirada 360, que en el marco de otras entrevistas a conocidos y prestigiosos blogueros (no es mi caso), en el que me detengo en la cuestión. Espero os guste.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/12/por-que-el-blog/">¿Por qué el blog?</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://luiscazorla.com/2014/12/por-que-el-blog/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Abogados como profesionales y ciudadanos: funciones y responsabilidades fundamentales para el siglo XXI</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/12/abogados-como-profesionales-y-ciudadanos-funciones-y-responsabilidades-fundamentales-para-el-siglo-xxi/</link>
		<comments>http://luiscazorla.com/2014/12/abogados-como-profesionales-y-ciudadanos-funciones-y-responsabilidades-fundamentales-para-el-siglo-xxi/#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 07 Dec 2014 21:07:19 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Abogacía]]></category>
		<category><![CDATA[Siglo XXI]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=1537</guid>
		<description><![CDATA[<p>En el post de hoy, os dejo a todos los estudiantes de máster de acceso a la abogacía que de vez en cuando os pasáis por aquí, una lectura que entiendo os puede resultar de interés, en el marco de la formación necesaria del abogado, más allá de sus habilidades y competencias estrictamente técnicas. Se.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/12/abogados-como-profesionales-y-ciudadanos-funciones-y-responsabilidades-fundamentales-para-el-siglo-xxi/">Abogados como profesionales y ciudadanos: funciones y responsabilidades fundamentales para el siglo XXI</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>En el post de hoy, os dejo a todos los estudiantes de máster de acceso a la abogacía que de vez en cuando os pasáis por aquí, una lectura que entiendo os puede resultar de interés, en el marco de la formación necesaria del abogado, más allá de sus habilidades y competencias estrictamente técnicas. Se trata del<em> paper</em> de los profesores Heinemann, Lee, y Walkins, de la Harvard Law School, titulado <em>«<a href="https://clp.law.harvard.edu/assets/Professionalism-Project-Essay_11.20.14.pdf" target="_blank">Lawyers as profesionales and as Citizens: Key Roles and Responsabilities in the 21 st Century»</a></em></p>
<p><strong>El ensayo consta de seis grandes capítulos. El primer de ellos, de carácter general se centra en el análisis de los tres grandes papeles del abogado: expertos técnicos, sensatos asesores y líderes sociales, con el propósito de analizar las responsabilidades que han de asumir: con sus clientes, con el ordenamiento jurídico, con las instituciones a las que pertenecen y con el conjunto de la sociedad. Se destaca que el abogado no sólo ha de tener como atributos, lo esenciales jurídicos, sino un conjunto de skills complementarias (organizativas, empresariales, sociales, comunicativas, etc).</strong></p>
<p>En los restantes capítulos se afronta, sucesivamente, un análisis de (i) el contexto de prfunfos cambios saciables y económicos y su afectación a la abogacía, (ii) las asesorías jurídicas de empresa, (iii) las grandes Law  Firms, (iv) Universidades y Law Schools, y, finalmente, (v) la colaboración de los anteriores en la formación de los abogados y la respuesta a las demandas y necesidades sociales.</p>
<p>Muy interesante lectura para quiénes estén interesados en un diagnóstico de la abogacía americana en el siglo XXI.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/12/abogados-como-profesionales-y-ciudadanos-funciones-y-responsabilidades-fundamentales-para-el-siglo-xxi/">Abogados como profesionales y ciudadanos: funciones y responsabilidades fundamentales para el siglo XXI</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://luiscazorla.com/2014/12/abogados-como-profesionales-y-ciudadanos-funciones-y-responsabilidades-fundamentales-para-el-siglo-xxi/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Materiales de interés para estudiantes de Máster de Acceso Abogacía</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/10/materiales-de-interes-para-estudiantes-de-master-de-acceso-abogacia/</link>
		<comments>http://luiscazorla.com/2014/10/materiales-de-interes-para-estudiantes-de-master-de-acceso-abogacia/#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 19 Oct 2014 19:22:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[Abogacía]]></category>
		<category><![CDATA[Master acceso]]></category>
		<category><![CDATA[materiales]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=1418</guid>
		<description><![CDATA[<p>Por estas fechas comienzan los múltiples Máster de Acceso a la Abogacía (MAAB). Más allá de cuestiones específicas relacionadas con el Derecho Mercantil, tengo ocasión de impartir algún módulo relativo a otras habilidades y aptitudes profesionales del abogado, de naturaleza transversal. Los interesados en estos temas podéis encontrar en el Blog algunas entradas de interés.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/10/materiales-de-interes-para-estudiantes-de-master-de-acceso-abogacia/">Materiales de interés para estudiantes de Máster de Acceso Abogacía</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Por estas fechas comienzan los múltiples Máster de Acceso a la Abogacía (MAAB). Más allá de cuestiones específicas relacionadas con el Derecho Mercantil, tengo ocasión de impartir algún módulo relativo a otras habilidades y aptitudes profesionales del abogado, de naturaleza transversal. Los interesados en estos temas podéis encontrar en el Blog algunas entradas de interés que, a continuación, os recojo por materias:</p>
<p style="text-align: left;"><em><strong>Deontología y aptitudes generales</strong></em></p>
<p style="padding-left: 30px;">&#8211; El<a title="El decálogo del abogado de Ossorio y Gallardo" href="http://luiscazorla.com/2013/09/el-decalogo-del-abogado-de-ossorio-y-gallardo/"> Decálogo del Abogado de Ossorio y Gallardo</a></p>
<p style="padding-left: 30px;">&#8211; ¿<a title="¿Cuáles son las condiciones que debería tener un abogado?" href="http://luiscazorla.com/2014/03/cuales-son-las-condiciones-que-deberia-tener-un-abogado/">Cuáles son las condiciones que debería reunir un abogado?</a></p>
<p><em><strong>Organización y gestión de despachos</strong></em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><a title="La organización de la sociatura en los despachos de abogados" href="http://luiscazorla.com/2014/10/la-organizacion-de-la-sociatura-en-los-despachos-de-abogados/" target="_blank">La sociatura en un despacho de abogados</a></p>
<p style="padding-left: 30px;"><a title="La gestión de equipos de abogados" href="http://luiscazorla.com/2014/01/la-gestion-de-equipos-de-abogados/" target="_blank">La gestión de equipos de abogados</a></p>
<p style="padding-left: 30px;"><a title="A vueltas con la facturación por horas" href="http://luiscazorla.com/2013/09/a-vueltas-con-la-facturacion-por-horas/" target="_blank">Sobre la facturación por horas</a></p>
<p style="padding-left: 30px;"><a title="Sociedad Profesional vs Sociedad de Profesionales" href="http://luiscazorla.com/2013/09/sociedad-profesional-vs-sociedades-de-profesionales/" target="_blank">sociedades profesionales</a></p>
<p style="padding-left: 30px;"><a title="Otro planteamiento de Boutique jurídica" href="http://luiscazorla.com/2014/02/otro-planteamiento-de-boutique-juridica/" target="_blank">Boutique jurídica</a></p>
<p style="padding-left: 30px;"><a title="De una firma unipersonal a otra colectiva de abogacía de los negocios" href="http://luiscazorla.com/2014/07/de-una-firma-unipersonal-a-otra-colectiva-de-abogacia-de-los-negocios/" target="_blank">De una boutique jurídica a una firma de abogacía de los negocios</a></p>
<p style="padding-left: 30px;"><a title="La importancia del Networking (antes “relaciones”) en la abogacía" href="http://luiscazorla.com/2014/07/la-importancia-del-networking-antes-relaciones-en-la-abogacia/" target="_blank">Networking</a></p>
<p style="padding-left: 30px;"><a title="¿Servicios jurídicos Low Cost?" href="http://luiscazorla.com/2013/10/servicios-juridicos-low-cost/" target="_blank">Servicios jurídicos Low Cost</a></p>
<p><em><strong>Consejos de redacción de escritos y documentos</strong></em></p>
<p style="padding-left: 30px;"><a title="Cinco pautas básicas para para la redacción de una demanda" href="http://luiscazorla.com/2014/05/cinco-pautas-basicas-para-para-la-redaccion-de-una-demanda/" target="_blank">Consejos para la redacción de Demandas</a></p>
<p style="padding-left: 30px;"><a title="5 consejos básicos para redactar un Informe o Memo(randum)" href="http://luiscazorla.com/2014/06/5-consejos-basicos-para-redactar-un-informe-o-memorandum/" target="_blank">Consejos para la redacción de Informes o Memorandums</a></p>
<p style="padding-left: 30px;">
<p>Espero os sean de utilidad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/10/materiales-de-interes-para-estudiantes-de-master-de-acceso-abogacia/">Materiales de interés para estudiantes de Máster de Acceso Abogacía</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://luiscazorla.com/2014/10/materiales-de-interes-para-estudiantes-de-master-de-acceso-abogacia/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>Universidad y ejercicio de la abogacía</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/07/universidad-y-ejercicio-de-la-abogacia/</link>
		<comments>http://luiscazorla.com/2014/07/universidad-y-ejercicio-de-la-abogacia/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 14 Jul 2014 11:09:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Abogacía]]></category>
		<category><![CDATA[Docencia e Innovación docente]]></category>
		<category><![CDATA[Docencia]]></category>
		<category><![CDATA[Universidad]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=1195</guid>
		<description><![CDATA[<p>Los que me leéis de vez en cuando conocéis mi opinión en relación con la necesaria conexión entre Universidad y actividad profesional, como vehículo de enriquecimiento de ambos mundos y facetas. En el ámbito de la abogacía dicha vinculación genera un conjunto de sinergías y efectos beneficiosos en ambos sentidos a los que me he.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/07/universidad-y-ejercicio-de-la-abogacia/">Universidad y ejercicio de la abogacía</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Los que me leéis de vez en cuando conocéis mi opinión en relación con la necesaria conexión entre Universidad y actividad profesional, como vehículo de enriquecimiento de ambos mundos y facetas. En el ámbito de la abogacía dicha vinculación genera un conjunto de sinergías y efectos beneficiosos en ambos sentidos a los que me he referido en el post con el que he participado en el Blog de mis amigos de Marketingnize, al que podéis acceder <a href="http://marketingnize.com/conoce-a-luis-cazorla/" target="_blank">aquí</a>. Espero que os guste. Ánimo con la semana.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/07/universidad-y-ejercicio-de-la-abogacia/">Universidad y ejercicio de la abogacía</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://luiscazorla.com/2014/07/universidad-y-ejercicio-de-la-abogacia/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>La importancia del Networking (antes «relaciones») en la abogacía</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/07/la-importancia-del-networking-antes-relaciones-en-la-abogacia/</link>
		<comments>http://luiscazorla.com/2014/07/la-importancia-del-networking-antes-relaciones-en-la-abogacia/#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 06 Jul 2014 19:34:40 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Abogacía]]></category>
		<category><![CDATA[networking]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=1168</guid>
		<description><![CDATA[<p>Escribir a estas alturas de la importancia del networking para la abogacía, como en general para cualquier actividad profesional del sector servicios, resulta una obviedad, y por utilizar la jerga «no parece aportar mucho valor añadido». No es algo nuevo, se trata del clásico «hacer relaciones» que, sin embargo, sí que debe adaptarse a los.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/07/la-importancia-del-networking-antes-relaciones-en-la-abogacia/">La importancia del Networking (antes «relaciones») en la abogacía</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Escribir a estas alturas de la importancia del <em>networking</em> para la abogacía, como en general para cualquier actividad profesional del sector servicios, resulta una obviedad, y por utilizar la jerga «no parece aportar mucho valor añadido». No es algo nuevo, se trata del clásico «hacer relaciones» que, sin embargo, sí que debe adaptarse a los nuevos tiempos y a las nuevas formas de comunicarse. Un buen abogado es una suma de atributos en la que el conocimiento jurídico es uno de los más importantes (lo sigue siendo aunque se le quiera desterrar), pero no el único como hemos contado <a title="¿Cuáles son las condiciones que debería tener un abogado?" href="http://luiscazorla.com/2014/03/cuales-son-las-condiciones-que-deberia-tener-un-abogado/">aquí</a>, y su capacidad de relacionarse, venderse y contactar con potenciales clientes, es sin duda, uno de ellos. Hay grandísimos juristas que no han sabido o podido desarrollar esta habilidad ,y por eso no han sido y no son grandes abogados.</p>
<p>Esta capacidad de relacionarse y crear contactos a través de diferentes medios no es evidentemente una de las que más importan en un abogado junior, pero no debe descuidarse nunca y exige ser trabajada y madurada poco a poco. La abogacía es, muy en esencia, una profesión que se basa en la confianza y para ganarse la confianza del cliente un paso previo e indispensable es que te den la oportunidad de merecertela; y, ahí, es donde entra en juego el networking, tanto con tus propios compañeros como con potenciales clientes: algo tan viejo como la abogacía misma.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/07/la-importancia-del-networking-antes-relaciones-en-la-abogacia/">La importancia del Networking (antes «relaciones») en la abogacía</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://luiscazorla.com/2014/07/la-importancia-del-networking-antes-relaciones-en-la-abogacia/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>¿Alguien entiende «lo» del Tribunal de las pruebas de acceso a la abogacía?</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/05/alguien-entiende-lo-del-tribunal-de-las-pruebas-de-acceso-a-la-abogacia/</link>
		<comments>http://luiscazorla.com/2014/05/alguien-entiende-lo-del-tribunal-de-las-pruebas-de-acceso-a-la-abogacia/#comments</comments>
		<pubDate>Sun, 11 May 2014 14:01:19 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Abogacía]]></category>
		<category><![CDATA[pruebas de acceso]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=1039</guid>
		<description><![CDATA[<p>El título de el post es poco habitual; una pregunta: ¿Alguien entiende «lo» del Tribunal de las pruebas de acceso a la abogacía? Y con el «lo» me he permitido una licencia, refiriéndome a la composición de dicho Tribunal. Quizás la respuesta es muy simple y no debería dársele más vueltas: se trata de la.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/05/alguien-entiende-lo-del-tribunal-de-las-pruebas-de-acceso-a-la-abogacia/">¿Alguien entiende «lo» del Tribunal de las pruebas de acceso a la abogacía?</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>El título de el post es poco habitual; una pregunta: <strong>¿Alguien entiende «lo» del Tribunal de las pruebas de acceso a la abogacía?</strong> Y con el «lo» me he permitido una licencia, refiriéndome a la composición de dicho Tribunal. <strong>Quizás la respuesta es muy simple y no debería dársele más vueltas: se trata de la guinda final al «pastel», del despropósito de las pruebas de acceso a la abogacía.</strong></p>
<p>Veamoslo. En el <a href="http://www.abogacia.es/wp-content/uploads/2014/05/BOE-A-2014-4903-Comision-Evaluadora-Prueba-de-Acceso.pdf" target="_blank">BOE del pasado viernes 9 de mayo, se publica la composición del Tribunal de las pruebas de acceso a la abogacía</a>, del que muchas cosas se podrían decir, pero todas ellas pierden el sentido cuando recordamos que este despliegue se efectúa para evaluar una simple prueba tipo test, que es en lo que ha quedado la tan «cacareada» prueba de acceso al ejercicio de la abogacía. Pero, obviemos que el Tribunal tan formalmente constituido y garante de todo tipo de derechos, como no podía ser de otra forma (en la «Exposición de Motivos» de la comentada Orden de constitución del Tribunal se hace referencia a la posibilidad de recusación de sus miembros, y a la composición paritaria hombres-mujeres), y centrémonos en la composición, como si de una prueba práctica o exámenes orales que permitiera averiguar la capacidad del candidato, se tratara la prueba de acceso; hagamos pues el ejercicio de imaginación.</p>
<p>Se trata de un Tribunal con 6 miembros, Presidente, Secretario y cuatro vocales, de los que sólo uno es un abogado en ejercicio, el representante del Consejo General de la Abogacía. <strong>Un Tribunal que ha de evaluar la capacidad para el ejercicio de la abogacía lo integran 6 miembros, todos ellos de profesiones jurídicas, pero sólo uno abogado. Huelga ulteriores comentarios</strong>. Añádese a lo anterior que Presidencia y Secretaría corresponden a la Abogacía del Estado, que dicho con el respeto y cariño que me profesa el cuerpo, por mis lazos con él, no sé que pinta exactamente aquí. No lo adivino.</p>
<p>Confieso que llevo un par de días dando vueltas a la pregunta con la que titulo el post, de una forma constructiva. El Tribunal parece el reconocimiento de algo que resulta obvio, el test de acceso no acredita capacidad para el ejercicio de la abogacía y, a modo de test de examen de conducir, no requiere una compleja labor de evaluación y corrección, una simple plantilla vale; sumas de aciertos y fallos. Nada más sencillo, nada más mecánico y ágil, nada más austero; pero, si renunciamos a «conocer» si nuestros futuros abogados están preparados para ello, por razones de agilidad, eficiencia y coste, lo dicho, ¿Alguien entiende «lo» del Tribunal de las pruebas de accesos a la abogacía? Yo no<strong>. ¿Este despliegue para sumar aciertos y fallos de los candidatos?</strong></p>
<p>PD: Me gustaría ver cómo se plantea una recusación de alguno de los miembros del Tribunal, siendo la prueba un test. La recusación como mecanismo de garantía de una adecuada labor de enjuiciamiento y evaluación, objetiva e independiente, va anudada a la existencia de un ámbito de discrecionalidad que ha de ser tal, y no arbitrariedad que es lo que la recusación trata de evitar. Aquí no hay valoración ni discrecionalidad posible, hay test, hay correcto o incorrecto, sólo objetividad, meras sumas de aciertos y de fallos. ¿No es una contradicción?</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/05/alguien-entiende-lo-del-tribunal-de-las-pruebas-de-acceso-a-la-abogacia/">¿Alguien entiende «lo» del Tribunal de las pruebas de acceso a la abogacía?</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://luiscazorla.com/2014/05/alguien-entiende-lo-del-tribunal-de-las-pruebas-de-acceso-a-la-abogacia/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>0</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>¿Cuáles son las condiciones que debería tener un abogado?</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/03/cuales-son-las-condiciones-que-deberia-tener-un-abogado/</link>
		<comments>http://luiscazorla.com/2014/03/cuales-son-las-condiciones-que-deberia-tener-un-abogado/#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 05 Mar 2014 18:54:24 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Abogacía]]></category>
		<category><![CDATA[Docencia e Innovación docente]]></category>
		<category><![CDATA[capacidad]]></category>
		<category><![CDATA[requisitos abogado]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=798</guid>
		<description><![CDATA[<p>Me decido a redactar esta entrada, porque son muchos los alumnos que a lo largo del año, de una manera u otra, me preguntan, y lo cierto es que nunca me he detenido a reflexionar sosegadamente sobre ello, pero a lo mejor estas ideas que ahora os dejo pueden ser formativas y de alguna utilidad..</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/03/cuales-son-las-condiciones-que-deberia-tener-un-abogado/">¿Cuáles son las condiciones que debería tener un abogado?</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Me decido a redactar esta entrada, porque son muchos los alumnos que a lo largo del año, de una manera u otra, me preguntan, y lo cierto es que nunca me he detenido a reflexionar sosegadamente sobre ello, pero a lo mejor estas ideas que ahora os dejo pueden ser formativas y de alguna utilidad.</p>
<p>Vaya por delante que lo que os expondré a continuación son un conjunto de aptitudes y actitudes que, a mi juicio, han de adornar al buen abogado, asumiendo que, como cualquier generalización, puede no ser completamente satisfactoria o acertada y que, en todo caso, es muy difícil hablar de un único perfil de buen abogado, dado que es muy diferente el desempeño del abogado de empresa, del abogado asesor externo, y dentro de éstos, el ejercicio en pequeños despachos o en grandes firmas. Añado que, en todo caso, este listado inconexo de aptitudes y actitudes deriva de lo aprehendido en el ejercicio profesional en grandes estructuras, ahora en firma propia y por su puesto, de mi experiencia docente. Finalmente, no encuentre el lector en ellas un necesario orden de prelación, aunque comenzaré con la principal de las aptitudes: el conocimiento del Derecho (lo que no obsta a que distan prestigiosísimos abogados que mucho Derecho no saben). En todo caso, es preciso subrayar que dependiendo de la etapa profesional en la que se encuentre el abogado (me refiero a la tan manida «seniority») la preponderancia de una u otra de las aptitudes o actitudes será distinta (no es una situación igual la de un abogado junior que la de un socio, en buena lógica).</p>
<p><strong>1. Conocimiento del Derecho</strong></p>
<p>Destaca el retículo 542.1 de la LOPJ (cierto que en sede de una norma rituaria o procesal, pero única definición legal de abogado en nuestro Ordenamiento) que <em>«Corresponde en exclusiva la denominación y función de abogado al licenciado en Derecho que ejerza profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos, o el asesoramiento y consejo jurídico.»</em></p>
<p>Pues bien, el abogado asesora y representa en Derecho, es conocedor de las normas y Leyes y ese es y ha de ser el principal de sus atributos, que necesariamente ha de verse acompañado por otros, pero no por ello deja de ser el esencial. ¿Es posible una exitosa carrera de un abogado sin conocer el Derecho? La tozuda realidad nos demuestra que, aunque no sea lo común, sí ocurre, pero no por ello deja de ser, insisto, el conocimiento de la Leyes, principal de sus atributos. Otro debate es, seguro, lo que debamos entender por «conocer» el Derecho. Aquí me refiero no sólo al dominio concreto de la rama del Derecho en la que se ejerza o pratique, sino más bien, y sobre todo, g<strong>ozar de sentido común jurídico, del necesario olfato que permita saber dónde hay un charco y qué necesito para sortearlo. Esta es una capacidad o aptitud que la<em> hiperespecialización</em> de la que venimos en los últimos años ha venido horadando, situación esta que daría también para otro post y a la que nos hemos referido, por ejemplo, <a title="Organización y estructura de la sociatura en grandes firmas jurídicas: Back to basics" href="http://luiscazorla.com/?p=476">aquí</a>.</strong></p>
<p>No obsta a lo anterior, el hecho de que la evolución de abogados, en particular, en grandes estructuras, conduzca a que con el paso de los años se centren en labores de gestión empresarial o captación de clientes. Pero esos abogados generalmente están ahí, porque con carácter previo han sido grandes especialistas en sus respectivas áreas de ejercicio.</p>
<p><strong>2. Idiomas</strong></p>
<p>El conocimiento de inglés a un nivel muy alto es un elemento fundamental en caso de trabajo en un entorno internacional o en grandes firmas de abogados nacionales o internacionales. El nivel en estos últimos ha de ser alto en sentido estricto ( y no el alto que de forma generalizada se hace uso en los cvs..), de modo que el factor diferencial reside en aquellas personas que son bilingües. En todo caso, el nivel exigido depende mucho del lugar en el que se vaya a ejercer.</p>
<p><strong>3. Capacidad de Gestión y eficiencia</strong></p>
<p>El abogado ha de tener una importante capacidad de orden y gestión de asuntos, entendida como la disciplinar que permita ser eficiente en el trabajo. <strong>No se trata tanto de invertir muchas horas, sino de invertir las necesarias para que salga bien el trabajo</strong>. <strong>No es buen abogado, lejos de lo que se estila, el que más tiempo dedica a un asunto («calentadores de sillas»), si no el que dedica el mínimo tiempo posible para que el asunto esté bien resuelto y correctamente trabajado</strong>. Es preciso adquirir la capacidad de manejar varios asuntos a la vez, sus ritmos, plazos y calendarios. El buen trabajo jurídico exige que le conocimiento se canalice de forma eficiente y para ello es preciso saber gestionar bien el asunto y el tiempo. Esta capacidad se va adquiriendo con el transcurso de los años de modo que debe ser el gran activo que ofrezca un abogado asociado o de experiencia media.</p>
<p><strong>4. Conocimiento de las fuentes y recursos<br />
</strong></p>
<p>Muy ligado al conocimiento jurídico se encuentra la capacidad hacer un uso adecuado de las diferentes fuentes de conocimiento jurídico: bibliografías, jurisprudencia, leyes, buscadores, y en general todo tipo de recursos que permitan un estudio del asunto. Es buen abogado no el que tiene siempre la solución al asunto (es más una buena actitud es la de desconfiar de dicha primera solución mágica), sino el que tiene el conocimiento y los recursos para «investigar» hasta encontrar la posible solución.</p>
<p><strong>5. Capacidad dialéctica y de trabajo en equipo</strong></p>
<p>La abogacía actual es, en mayor o menor medida, una abogacía de equipo, multidisciplinar, como regla general (aunque en modo alguno es la única forma de ejercicio posible), por lo que es necesario adaptarse al trabajo colectivo: a discutir asuntos, a debatir, a repartirse el trabajo, a organizarse, ayudar y ser ayudado. El trabajo en equipo y la gestión de quipos y capital humano jurídico no es nada sencillo y a ello nos hemos referido detenidamente <a title="La gestión de equipos de abogados" href="http://luiscazorla.com/?p=667" target="_blank">aquí.</a></p>
<p><strong>6. Rigor formal y respecto a los procedimientos</strong></p>
<p>El abogado debe ser muy exigente y meticuloso con las formas de sus documentos y con los procedimientos que guían su elaboración. El cliente no sólo espera un buen asesoramiento en el fondo, sino en la forma también. El respecto a muchas de estas formas, procedimientos y automatismos (por ejemplo, cómo escribir un e-mail, un memo o informe, o efectuar una llamada), pueden evitar muchos disgustos.</p>
<p><strong>7. Conocimientos de las TICs y recursos web 2.0</strong></p>
<p>En un escenario como el actual un recurso absolutamente necesario es el de saber recurrir a las fuentes de información y posibilidades que ofrecen RRSS  (por ejemplo, twitter) y Blogosfera, así como conocer su uso y saber desenvolverse correctamente en ellas.</p>
<p><strong>9. Visión Comercial</strong></p>
<p>La visión comercial es absolutamente necesaria en un abogado completo, muy en particular, en el abogado senior o socio que se preocupa por la captación del cliente. El buen abogado no es sólo un buen técnico, sino que debe saber vender su conocimiento de modo que se haga necesario e indispensable para el cliente.</p>
<p><strong>10. Visión empresarial y estratégica</strong></p>
<p>Finalmente la visión empresarial, al igual que la visión o aptitudes comerciales, son propias de un abogado socio o titular del despacho, en la medida en la que sólo un ejercicio de la abogacía, artesanal o no, que entienda la práctica de la profesión liberal de abogado como una actividad empresarial puede adaptarse a las exigencias del actual mercado. No trabaja más ni tiene más clientes necesariamente el abogado o el despacho que mejores técnicos en Derecho tiene, sino aquél que tiene una adecuada gestión empresarial y estratégica, en el que la calidad y la excelencia jurídica sean un elemento esencial, pero no el único.</p>
<p><strong>11. Actitud y empatía: el abogado genera confianza y soluciona problemas</strong></p>
<p>He dejado para el final, el elemento que constituye la esencia de la abogacía, a lo largo de su historia y también, claro, en la actualidad. <strong>Se trata del elemento que evitará siempre que un asesoramiento jurídico propio de un abogado deje de ser prestado por personas. Me refiero al <em>intuitu personae</em>, esto es, la confianza (o el «confort» como tanto gusta decir ahora en determinados foros, qué horterada). La abogacía se basa en una relación de confianza que constituye su esencia. El cliente confía en su abogado y le encomienda la solución de un problema y, s</strong>in esa confianza, no es posible un asesoramiento adecuado. Esta es la parte más compleja de nuestra profesión, que un cliente confíe en tu criterio y decisiones: lo más difícil de ganar, lo más gratificante y también lo más fácil de perder.</p>
<p>Finalmente, la actitud debe ser la de ante un problema plantear soluciones. Se nos paga por dar soluciones, y no por volver con nuevos problemas, aunque la solución sea un «NO SE PUEDE HACER».</p>
<p>Espero que os sirva.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/03/cuales-son-las-condiciones-que-deberia-tener-un-abogado/">¿Cuáles son las condiciones que debería tener un abogado?</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://luiscazorla.com/2014/03/cuales-son-las-condiciones-que-deberia-tener-un-abogado/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>2</slash:comments>
		</item>
		<item>
		<title>La gestión de equipos de abogados</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/01/la-gestion-de-equipos-de-abogados/</link>
		<comments>http://luiscazorla.com/2014/01/la-gestion-de-equipos-de-abogados/#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 21 Jan 2014 16:03:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
				<category><![CDATA[Abogacía]]></category>
		<category><![CDATA[abogados]]></category>
		<category><![CDATA[gestión de equipos]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=667</guid>
		<description><![CDATA[<p>Me he decidido a escribir este post. a raíz de una «conversación tuitera» esta mañana con Emilio Aparicio (@apariciosan) que inicié afirmando que la gestión de equipos humanos es muy complicada y lo es más cuando el equipo humano es de abogados, por una doble circunstancia: el tipo de trabajo -intelectual e individual- desarrollado por.</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/01/la-gestion-de-equipos-de-abogados/">La gestión de equipos de abogados</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></description>
				<content:encoded><![CDATA[<p>Me he decidido a escribir este post. a raíz de una «conversación tuitera» esta mañana con Emilio Aparicio (@apariciosan) que inicié afirmando que la gestión de equipos humanos es muy complicada y lo es más cuando el equipo humano es de abogados, por una doble circunstancia: el tipo de trabajo -intelectual e individual- desarrollado por el abogado, y por su propia formación académica y profesional. Conviene dejar claro que no me referiré a la problemática de gestión empresarial de los despachos que como manifestación de la mercantilización (esto es la transformación de una actividad económica en otra puramente empresarial) de una profesión liberal (la abogacía), se manifiesta en la actualidad en la tensión de la <em>sociatura</em>s en las sociedades de profesionales (no sólo las sociedades profesionales <em>strictu sensu</em>), sino que es la gestión técnica la que me preocupa.</p>
<p>Decía que las tensiones que se producen en la gestión y coordinación de un colectivo de abogados (más allá de las propias de toda actividad de coordinación de un colectivo humano) tienen que ver con la propia naturaleza intelectual de la abogacía y con la formación académica y profesional del abogado. La abogacía es una actividad eminentemente intelectual que por su propia naturaleza se adecua mejor al ejercicio individual, a lo que ha de añadirse que el abogado por su formación y aptitudes (capacidad dialéctica, egos, etc..) suele ser (con los problemas que toda generalización implica) un tipo de profesional difícil de coordinar. En todo caso, parece obvio que el grado de complejidad de determinados asuntos y su propia naturaleza hace inevitable la formación de equipos, interdisciplinares o no, para que el resultado final -el asesoramiento jurídico- sea el óptimo y deseado. <strong>En este escenario, la labor del director del equipo o socio no sólo debe ser la del asesoramiento y apoyo técnico de sus integrantes, sino que debe ser capaz de encajar las piezas individuales en beneficio del trabajo colectivo y, en definitiva, del cliente. Aquí hay quiénes optan por limitar y cercenar el ámbito de actuación y desarrollo de los integrantes del equipo, atribuyéndose como mérito individual el que siendo colectivo tiene origen concreto en uno de los integrantes del mismo, o por el contrario, quiénes entienden que el éxito de cada uno de los integrantes del grupo es beneficioso para el colectivo y, por ende, para el director o socio que lo coordina, de modo que los profesionales se encuentran motivados y «moralmente» retribuidos. Esta última actitud y proceder, a mi juicio la adecuada, suele ser vista como la excepción y como un acto de generosidad o desprendimiento del socio o director de equipo: nada más lejos de la realidad, constituye una inteligente y adecuada gestión del colectivo humano que, a medio y largo plazo, no solo redundará en beneficio del grupo, sino, naturalmente, en el de su propio líder.</strong></p>
<p>¿Abundan socios así?</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com/2014/01/la-gestion-de-equipos-de-abogados/">La gestión de equipos de abogados</a> aparece primero en <a rel="nofollow" href="http://luiscazorla.com">EL BLOG DE LUIS CAZORLA</a>.</p>
]]></content:encoded>
			<wfw:commentRss>http://luiscazorla.com/2014/01/la-gestion-de-equipos-de-abogados/feed/</wfw:commentRss>
		<slash:comments>2</slash:comments>
		</item>
	</channel>
</rss>
