¿Cuáles son las condiciones que debería tener un abogado?

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Me decido a redactar esta entrada, porque son muchos los alumnos que a lo largo del año, de una manera u otra, me preguntan, y lo cierto es que nunca me he detenido a reflexionar sosegadamente sobre ello, pero a lo mejor estas ideas que ahora os dejo pueden ser formativas y de alguna utilidad.

Vaya por delante que lo que os expondré a continuación son un conjunto de aptitudes y actitudes que, a mi juicio, han de adornar al buen abogado, asumiendo que, como cualquier generalización, puede no ser completamente satisfactoria o acertada y que, en todo caso, es muy difícil hablar de un único perfil de buen abogado, dado que es muy diferente el desempeño del abogado de empresa, del abogado asesor externo, y dentro de éstos, el ejercicio en pequeños despachos o en grandes firmas. Añado que, en todo caso, este listado inconexo de aptitudes y actitudes deriva de lo aprehendido en el ejercicio profesional en grandes estructuras, ahora en firma propia y por su puesto, de mi experiencia docente. Finalmente, no encuentre el lector en ellas un necesario orden de prelación, aunque comenzaré con la principal de las aptitudes: el conocimiento del Derecho (lo que no obsta a que distan prestigiosísimos abogados que mucho Derecho no saben). En todo caso, es preciso subrayar que dependiendo de la etapa profesional en la que se encuentre el abogado (me refiero a la tan manida «seniority») la preponderancia de una u otra de las aptitudes o actitudes será distinta (no es una situación igual la de un abogado junior que la de un socio, en buena lógica).

1. Conocimiento del Derecho

Destaca el retículo 542.1 de la LOPJ (cierto que en sede de una norma rituaria o procesal, pero única definición legal de abogado en nuestro Ordenamiento) que «Corresponde en exclusiva la denominación y función de abogado al licenciado en Derecho que ejerza profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos, o el asesoramiento y consejo jurídico.»

Pues bien, el abogado asesora y representa en Derecho, es conocedor de las normas y Leyes y ese es y ha de ser el principal de sus atributos, que necesariamente ha de verse acompañado por otros, pero no por ello deja de ser el esencial. ¿Es posible una exitosa carrera de un abogado sin conocer el Derecho? La tozuda realidad nos demuestra que, aunque no sea lo común, sí ocurre, pero no por ello deja de ser, insisto, el conocimiento de la Leyes, principal de sus atributos. Otro debate es, seguro, lo que debamos entender por «conocer» el Derecho. Aquí me refiero no sólo al dominio concreto de la rama del Derecho en la que se ejerza o pratique, sino más bien, y sobre todo, gozar de sentido común jurídico, del necesario olfato que permita saber dónde hay un charco y qué necesito para sortearlo. Esta es una capacidad o aptitud que la hiperespecialización de la que venimos en los últimos años ha venido horadando, situación esta que daría también para otro post y a la que nos hemos referido, por ejemplo, aquí.

No obsta a lo anterior, el hecho de que la evolución de abogados, en particular, en grandes estructuras, conduzca a que con el paso de los años se centren en labores de gestión empresarial o captación de clientes. Pero esos abogados generalmente están ahí, porque con carácter previo han sido grandes especialistas en sus respectivas áreas de ejercicio.

2. Idiomas

El conocimiento de inglés a un nivel muy alto es un elemento fundamental en caso de trabajo en un entorno internacional o en grandes firmas de abogados nacionales o internacionales. El nivel en estos últimos ha de ser alto en sentido estricto ( y no el alto que de forma generalizada se hace uso en los cvs..), de modo que el factor diferencial reside en aquellas personas que son bilingües. En todo caso, el nivel exigido depende mucho del lugar en el que se vaya a ejercer.

3. Capacidad de Gestión y eficiencia

El abogado ha de tener una importante capacidad de orden y gestión de asuntos, entendida como la disciplinar que permita ser eficiente en el trabajo. No se trata tanto de invertir muchas horas, sino de invertir las necesarias para que salga bien el trabajo. No es buen abogado, lejos de lo que se estila, el que más tiempo dedica a un asunto («calentadores de sillas»), si no el que dedica el mínimo tiempo posible para que el asunto esté bien resuelto y correctamente trabajado. Es preciso adquirir la capacidad de manejar varios asuntos a la vez, sus ritmos, plazos y calendarios. El buen trabajo jurídico exige que le conocimiento se canalice de forma eficiente y para ello es preciso saber gestionar bien el asunto y el tiempo. Esta capacidad se va adquiriendo con el transcurso de los años de modo que debe ser el gran activo que ofrezca un abogado asociado o de experiencia media.

4. Conocimiento de las fuentes y recursos

Muy ligado al conocimiento jurídico se encuentra la capacidad hacer un uso adecuado de las diferentes fuentes de conocimiento jurídico: bibliografías, jurisprudencia, leyes, buscadores, y en general todo tipo de recursos que permitan un estudio del asunto. Es buen abogado no el que tiene siempre la solución al asunto (es más una buena actitud es la de desconfiar de dicha primera solución mágica), sino el que tiene el conocimiento y los recursos para «investigar» hasta encontrar la posible solución.

5. Capacidad dialéctica y de trabajo en equipo

La abogacía actual es, en mayor o menor medida, una abogacía de equipo, multidisciplinar, como regla general (aunque en modo alguno es la única forma de ejercicio posible), por lo que es necesario adaptarse al trabajo colectivo: a discutir asuntos, a debatir, a repartirse el trabajo, a organizarse, ayudar y ser ayudado. El trabajo en equipo y la gestión de quipos y capital humano jurídico no es nada sencillo y a ello nos hemos referido detenidamente aquí.

6. Rigor formal y respecto a los procedimientos

El abogado debe ser muy exigente y meticuloso con las formas de sus documentos y con los procedimientos que guían su elaboración. El cliente no sólo espera un buen asesoramiento en el fondo, sino en la forma también. El respecto a muchas de estas formas, procedimientos y automatismos (por ejemplo, cómo escribir un e-mail, un memo o informe, o efectuar una llamada), pueden evitar muchos disgustos.

7. Conocimientos de las TICs y recursos web 2.0

En un escenario como el actual un recurso absolutamente necesario es el de saber recurrir a las fuentes de información y posibilidades que ofrecen RRSS  (por ejemplo, twitter) y Blogosfera, así como conocer su uso y saber desenvolverse correctamente en ellas.

9. Visión Comercial

La visión comercial es absolutamente necesaria en un abogado completo, muy en particular, en el abogado senior o socio que se preocupa por la captación del cliente. El buen abogado no es sólo un buen técnico, sino que debe saber vender su conocimiento de modo que se haga necesario e indispensable para el cliente.

10. Visión empresarial y estratégica

Finalmente la visión empresarial, al igual que la visión o aptitudes comerciales, son propias de un abogado socio o titular del despacho, en la medida en la que sólo un ejercicio de la abogacía, artesanal o no, que entienda la práctica de la profesión liberal de abogado como una actividad empresarial puede adaptarse a las exigencias del actual mercado. No trabaja más ni tiene más clientes necesariamente el abogado o el despacho que mejores técnicos en Derecho tiene, sino aquél que tiene una adecuada gestión empresarial y estratégica, en el que la calidad y la excelencia jurídica sean un elemento esencial, pero no el único.

11. Actitud y empatía: el abogado genera confianza y soluciona problemas

He dejado para el final, el elemento que constituye la esencia de la abogacía, a lo largo de su historia y también, claro, en la actualidad. Se trata del elemento que evitará siempre que un asesoramiento jurídico propio de un abogado deje de ser prestado por personas. Me refiero al intuitu personae, esto es, la confianza (o el «confort» como tanto gusta decir ahora en determinados foros, qué horterada). La abogacía se basa en una relación de confianza que constituye su esencia. El cliente confía en su abogado y le encomienda la solución de un problema y, sin esa confianza, no es posible un asesoramiento adecuado. Esta es la parte más compleja de nuestra profesión, que un cliente confíe en tu criterio y decisiones: lo más difícil de ganar, lo más gratificante y también lo más fácil de perder.

Finalmente, la actitud debe ser la de ante un problema plantear soluciones. Se nos paga por dar soluciones, y no por volver con nuevos problemas, aunque la solución sea un «NO SE PUEDE HACER».

Espero que os sirva.

 

 

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  1. Laura García Zafra 5 may 2015 | reply

    Me gustaría compartir este post en el blog de Cuquerella Abogados Asociados y a través de mi cuenta personal de LinkedIn, con tu permiso. Me parece extraordinaria la redacción y la claridad con la que tratas el tema.
    Gracias por el artículo.
    Saludos
    Laura

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