sep 3

Fuentes de conocimiento jurídico 2.0

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En estas fechas, coincidentes con el comienzo del curso académico, me parece interesante dedicar una entrada en el blog a los recursos que las TICS y la Web 2.0 pueden ofrecer a un estudiante de Derecho , en general, y de Derecho Mercantil en particular, pero que también pueden ser una valiosa herramienta de trabajo para cualquier abogado en ejercicio.

Junto con las fuentes de conocimiento jurídico tradicional –que no Fuentes del Derecho, ni siquiera en su acepción formal- (monografías, revistas, jurisprudencia, bases de datos, etc), ya sean en papel o en versión digital u online, las TIC, la Web 2.0, y, en general, Internet, han impulsado un conjunto de fuentes de conocimiento e información jurídica complementarias de las anteriores que no deben ser desaprovechadas ni por el estudiante o estudioso del Derecho, ni por el profesional ejerciente, dado que facilitan muy en particular, el seguimiento de la intensa actualidad jurídica.

En el caso de los estudiantes bien pueden complementar los materiales indicados en sus guías docentes de grado (antiguos programas de licenciatura para los de mi generación), con los que ahora indicaremos, sin desconocer su función complementaria y no sustitutiva de los que en las guías se indique.

Nos referimos en primer lugar a determinadas páginas web, generalmente vinculadas a entidades, organismos o Administraciones Públicas en las que se publican las normas, resoluciones, o documentos relativas a su actividad y que deben ser de obligada consulta y manejo por estudiantes y abogados en ejercicio. Os enumero, a continuación, alguna de las más destacadas, a título de ejemplo, para que las tengáis identificadas

Junto con las páginas web, hay que prestar atención a la incipiente “blogosfera jurídica” española, en constante crecimiento y desarrollo. El creciente número de blogs de contenido jurídico, en general, y mercantil en particular, nos ofrece una fuente actualizada y variada de conocimiento jurídico, que constituyen un valioso instrumento de estudio y trabajo. Habida cuenta de la cantidad de los mismos me voy a limitar a citar tres ejemplos, a mi juicio, los más consolidados, en el ámbito jurídico mercantil.

El primero de los blogs, el del profesor Sánchez-Calero, es un blog de gran tradición ya en el que con una frecuencia prácticamente diaria se analizan las cuestiones jurídico-mercantiles y financieras de actualidad. Del mismo corte, aunque con unos posts o entradas más extensos, es el blog del profesor Alfaro- Ambos blogs son un claro ejemplo de que la excelencia académica y científica no están reñidas con la labor divulgativa que ambos satisfacen. Finalmente el blog ¿Hay Derecho?, colectivo, es de naturaleza y corte más generalista, no exclusivamente mercantil, y en él podréis encontrar a diario un interesante análisis jurídico de todas las cuestiones de actualidad.

Las anteriores referencias son las más destacadas de mi blogroll de la que forman parte muchos de los blogs también referenciados e indicados en los tres citados, a los cuáles me remito. En todo caso, subrayo la conveniencia de tener un adecuado blogroll–cual playlist del ipod-, cuya consulta periódica permita identificar cuestiones y temas jurídico-mercantiles de actualidad, y en el caso del estudiante, se constituya como un material adicional más que permita conducir adecuadamente su proceso de aprendizaje Bolonia.

Finalmente, en el ámbito más concreto de las RRSS, especial atención merece las posibilidades que Twitter brinda desde la perspectiva que nos detiene. El funcionamiento de Twitter como una red social de miniblogging (a través de cada tweet), permite hacer un uso activo o pasivo de la misma, es decir, como creador de contenidos, o como simple receptor de los mimos. Esta segunda posibilidad, que no supone esfuerzo alguno, permite también recibir información jurídica de actualidad a través de los tweets de los usuarios a los que seguimos, por lo que una buena selección de ellos nos facilitará con una agilidad máxima, información y contenidos de nuestro interés. Hay que tener en cuenta que el éxito de esta red social ha hecho que instituciones, colectivos y Administraciones Públicas tengan la correspondiente cuenta de Twitter a través de la cual dar publicidad y una mayor circulación al contenido de sus páginas web.

Por otro lado, Twitter brinda, además, la diferentes alternativas de aplicación académica a las que se refiere este paper de la LSE , y en las que  nos detendremos, por su interés docente, en futuras entradas del blog.

En todo caso una buena combinación de los anteriores instrumentos son un complemento ideal a otras fuentes de conocimiento y estudio jurídico tradicionales, tanto para el estudiante de grado de derecho, como para el profesional ejerciente. Os animo a trabajarlas.

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