La RDGRN de 13 de octubre de 2014, resuelve sobre la aplicación del artículo 155 de la LC (en particular su apartado 4), en relación con la enajenación de bienes hipotecados en el marco de un plan de liquidación concursal aprobado. Pues bien, al respecto afirma la DGRN lo siguiente: «En cuanto a la necesidad, para.
noviembre 10
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