El desarrollo normativo del crowdfunding en los EEUU

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En las últimas semanas desde la presentación del correspondiente anteproyecto de ley en el Consejo de Ministros hemos vivido un intenso debate en relación con las bondades y maldades de la regulación propuesta, con la predominancia de una fuerte crítica, en ocasiones a mi juicio, desmesurada y apresurada. Es una propuesta de normativa con mucho margen de mejora (piénsese en los límites de inversión), pero que aportará una seguridad jurídica necesaria para reforzar el mercado del crowdfunding lending y equity.

Dicho lo anterior, con objeto de poder enriquecer el debate os dejo en este post un interesante paper en el que se hace un repaso de la situación del proceso de regulación del crowfunding en los EEUU, criticando, también algunos de los aspectos de la regulación de desarrollo aprobada por la SEC a modo de propuesta en octubre de 2013 y en periodo de consulta pública hasta el pasado mes de febrero de 2014.

En este sentido, es preciso recordar que  el pasado 5 de abril de 2012, Obama promulgó la JOBS Act 2012, que persigue facilitar la captación de capital para las PYMES, como motor para la creación de empleo en la economía americana. De este modo, el Título III de la Ley, uno de los más polémicos, reconoció una excepción en la Securities Act 1933 al necesario registro de la oferta y venta de valores vía crowdfunding, permitiendo la venta de valores a un ilimitado número de inversores a través de plataformas web, sin necesidad de previo registro de la oferta, por medio de intermediarios registrados en la SEC como funding portals. El Titulo III regula una serie de medidas de protección para el inversor, como limitaciones a la cuantía de lo invertido, o el importe máximo de emisión en 12 meses ( 1 millón de dólares), disclosure de información, etc. Sin embargo, el Congreso dejó el detalle de la regulación a la SEC. Así, 18 meses más tarde, el 23 de octubre de 2013, la SEC publicó una propuesta de regulación de 585 páginas, fuertemente criticada, sometida a consulta pública hasta febrero de 2014.

El artículo que os dejo, profundiza en dicha crítica, en relación con muchas de las cuestiones que también han generado polémica aquí (límites de emisión, responsabilidad de los portales de crowdfunding,…).

 

 

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