La Audiencia Nacional ha confirmado en su Sentencia 15 de octubre de 2013 la resolución adoptada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que decidió no incoar actuaciones inspectoras y no iniciar procedimiento sancionador o de infracción contra un abogado que, en un pleito civil, aportó datos bancarios de la recurrente sin su.
diciembre 10
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