DUE y agilización de la extinción y cese de actividad empresarial

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El pasado Consejo de Ministros de 2 de octubre aprobó el Real Decreto por el que se regula específicamente el contenido que debe tener el Documento Único Electrónico (DUE) para que mediante el mismo se puedan llevar a cabo, de manera integrada y por vía electrónica, los trámites necesarios para el cese de la actividad de las empresas individuales y para el cese y extinción de las sociedades de responsabilidad limitada. Dicho Real Decreto se encuentra todavía, salvo error, pendiente de publicación en el BOE.

Como destaca la propia nota de prensa del Consejo de Ministros  «En este Documento de extinción y cese de actividad se incluirán todos los datos referentes al empresario individual y a las sociedades de responsabilidad limitada que deben remitirse a los Registros jurídicos (Mercantil, de la Propiedad…) y a las Administraciones Públicas (Tesorería General de la Seguridad Social, Agencia Tributaria…). (…)

Con este Real Decreto se simplifica el proceso de cese y extinción de una empresa, ya que las Administraciones Públicas se ponen de acuerdo internamente evitando desplazamientos y trámites a los empresarios que quieren cesar su actividad o liquidar su empresa. Se opta por un proceso en un único paso y desde un único punto, los Puntos de Atención.

El Real Decreto favorece la segunda oportunidad de los empresarios mediante un sistema sencillo y rápido que les permita iniciar un nuevo proyecto empresarial lo antes posible. Se opta por empezar por los tipos de empresas más utilizados (sociedades limitadas y autónomos), con el objeto de ir ampliando este sistema a otras formas jurídicas más adelante.»

En definitiva se trata de adaptar el DUE a la fase de extinción de la personalidad jurídica societaria, en el caso de SLs, y en general de cese de la actividad empresarial cuando se trata del empresario persona física (no autónomo), de tal modo que también sean aplicables a este supuesto las ventajas en términos de tiempo que se desprenden de la coordinación de las diferentes Administraciones intervinientes.

Esperaremos a la publicación próxima de su contenido.

 

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