El TJUE ha dictado hoy, 16 de junio de 2015, su Sentencia en el asunto C-62/14 Gauweiler y otros, en el que de forma muy sucinta se analizaba la compatibilidad con el Derecho Comunitario, del programa de compra de bonos soberanos en los mercados secundarios: el TJUE declara compatible con el Derecho Comunitario dicho programa por entender que (i) no sobrepasa las atribuciones del BCE en materia de política monetaria en el marco de los Tratados, ni (ii) viola la prohibición de ofrecer financiación monetaria a los Estados miembros.
En este sentido y falta de un análisis más detallado de la Sentencia, según se desprende de la nota de prensa del propio TJUE, se confirman las conclusiones del Abogado General del Estado, que compartimos y en su día comentamos con detalle en este post, al que me remito y en el que podréis encontrar no sólo un desglose de los sólidos argumentos empleados por Cruz Villalón, sino también una breve explicación para juristas del funcionamiento del sistema de QE,