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Aumento de capital por compensación de créditos

Una de las distintas modalidades del aumento de capital social, en atención al contravalor de las nuevas acciones suscritas en el aumento, es el aumento de capital por compensación de créditos previsto en el artículo 301 de la LSC y concordantes. Un elemento esencial en dicho aumento de capital social es el consentimiento del titular.