Uno de los efectos derivados de las recientes STJUE de 21 de diciembre de 2016 y de 26 de enero de 2017, en particular, la primera, en la que el TJUE contradice directamente la jurisprudencia del TS, (y con el fin de evitar seguramente que dicha situación se reproduzca) es el reciente planteamiento de una serie de cuestiones prejudiciales ante el TJUE por parte del TS en asuntos de naturaleza bancaria en relación con consumidores. Es el caso de las dos cuestiones prejudiciales de elevadas por auto de 8 de febrero de 2017 y en materia de cláusulas de vencimiento anticipado de préstamos, y otras tres recientemente planteadas por medio de auto de 22 de febrero, relativas a cláusulas de intereses moratorios en préstamos y créditos con consumidores.
En relación con las primeras cuestiones prejudiciales elevadas por auto de 8 de febrero, resulta recomendable la lectura de esta entrada del profesor Alfaro en Almacén de Derecho (con especial atención también a los comentarios) y esta otra del profesor Tapia. En cuanto al segundo grupo de cuestiones prejudiciales podéis consultar también aquí el comentario del profesor Tapia.
Espero resulte de vuestro interés.
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