El desarrollo de las guías docentes de muchos cursos de Derecho Mercantil, hace coincidir esta época del año, con el estudio de los órganos sociales de las sociedades de capital, y entre ellos la Junta General de Socios o Accionistas de SL o SA. Recojo en este post algunas ideas básicas sobre su naturaleza y funciones, en particular para estudiantes de grado o master de acceso, junto con algunos materiales de interés para su estudio.
- Se trata del máximo órgano de decisión de la sociedad capitalista, regulado en los artículos 159 y ss de la LSC.
- Constituye un órgano social integrado por los socios, pero no una simple reunión de socios. Como órgano social, sus decisiones adoptadas por mayoría vinculan a todos los socios, incluso a los que se hayan opuesto o los no asistentes.
- La Junta exige la concurrencia de unos requisitos formales: convocatoria tanto en SL como en SA, y quórum de constitución en el caso de las SA.
- Puede diferenciarse entre Junta General Ordinaria (que conoce de la aprobación de cuentas, censura de gestión social y distribución de resultado) y tendrá que celebrarse antes del 30 de junio de cada año, y las Extraordinarias que conocen de cualquier otra cuestión de competencia de la Junta (artículo 160 de la LSC).
- Junta General Universal es aquélla que no necesita de convocatoria, excepcionalmente, por concurrir presente o representada la totalidad del capital social y los concurrentes acepten por unanimidad la celebración de la reunión (artículo 178 de la LSC).
Finalmente, en cuanto a los quórum de constitución y mayorías de adopción de acuerdos en las que hay ue tener en cuenta las novedades de la Ley 31/2014, os dejo este valioso cuadro del profesor Moreno, y el post con el «préstamo» del cuadro de Fernando Diez Marroquín que colgué en su día.
Espero os resulte de utilidad.
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