Sociedades cotizadas y página web

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El BOE del pasado 10 de agosto publicaba la Circular CNMV 3/2015, de 23 de junio, «sobre especificaciones técnicas y jurídicas e información que deben contener las páginas web de las sociedades anónimas cotizadas y las cajas de ahorros que emitan valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales de valores».

La circular CNMV concreta y detalla las especificaciones técnicas, jurídicas y el contenido concreto que la página web de sociedades cotizadas, como mecanismo de comunicación con sus accionistas y de información pública y para el mercado, debe incorporar.

Subraya la CNMV que «la estructura de compilación de la información que las sociedades anónimas cotizadas y las cajas de ahorros que emitan valores admitidos a negociación en mercados secundarios oficiales de valores deben incluir en su página web y que se incluye en los anexos de esta Circular es meramente orientativa, correspondiendo al sujeto obligado la decisión final de como estructurar dichos contenidos siguiendo las indicaciones de esta Circular y asegurándose de que, sea cual sea la estructura elegida, todos los contenidos citados en los anexos están incluidos en su página.», todo ello, en buena lógica, en el marco general de la obligatoriedad de dicha página web para las sociedades cotizadas al amparo del artículo 11 bis de la LSC.

A la nueva circular se ha referido con detalle el profesor Alberto Tapia en este post.

 

 

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