La decisión de la semana pasada del SNB de eliminar el suelo de 1,20 en el cambio euro-franco suizo (CHF), más allá de el valor que puede tener como anticipo de la compra de deuda pública por parte del BCE que pude tener, lo cierto es que ha puesto, de nuevo, de actualidad, la problemática de la comercialización de los préstamos hipotecarios en franco suizo con cláusula de cambio de divisa.
El resultado de la anterior medida y de las medias de política monetaria que vienen, será la depreciación del euro frente al franco, con el crecimiento del valor de la deuda del particular con el Banco consiguiente, dado que el préstamo se hizo en una moneda, el franco suizo, que se revaloriza.
El perjuicio económico sobre los préstamos hipotecarios en franco suizo parece evidente, pero otra cuestión muy distinta es que dicho perjuicio sea argumento jurídico suficiente para impugnar con éxito. Se puede tratar de la actualización de un riesgo conocido por el consumidor y por lo tanto no poder impugnarse, o podría concurrir un vicio del consentimiento por error en relación con el riesgo específico de este tipo de préstamo regulado en el Código de Comercio (artículo 312.1, préstamo en divisa), que no constituye un producto financiero complejo o derivado.
Me he referido a la problemática de la hipoteca multidivisa en varios trabajos y en distintas ocasiones también en el blog (aquí, aquí y aquí por ejemplo)
En cuanto a las noticias aparecidas en los últimos días, podéis consultar, por ejemplo, ésta.