La LFP y su postura en relación con los Fondos de Inversión en el fútbol profesional

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Vuelvo a un tema muy recurrente en el blog, en el que tengo la ocasión de estar trabajando profesionalmente, los fondos de inversión en el fútbol. En esta ocasión, para poner en vuestro conocimiento la postura oficial de la LFP en relación con la cuestión, expuesta por su Presidente, el Sr, Tebas, en la asamblea extraordinaria del pasado lunes, de la que tenéis una referencia aquí. La LFP, como parece lógico, dada su condición y naturaleza, en contra de las posiciones más o menos claras de la RFEF, AFE y de la UEFA, aboga por la admisión de los fondos y su regulación. En este caso, la postura de la LFP parece, como decimos, lógica si tenemos en cuenta que la gran mayoría de clubes profesionales de fútbol están a favor de la presencia de estos actores económicos en el fútbol, merced a los cuáles han podido afrontar en los últimos años de crisis determinados fichajes de jugadores (piénsese en el caso del Atlético de Madrid). Muchas de las posiciones de los diferentes afectados que se van pronunciando tienen una coherencia aplastante desde la perspectiva de los intereses a los que representan, sin embargo, la cuestión reside no tanto en la mejor protección de dichos intereses propios y distintos para cada colectivo, sino en ser capaces de establecer un sistema que pueda coordinar todos los intereses concurrentes de modo que todo ellos, muchas veces contrapuestos, puedan alcanzar, al menos, una suficiente satisfacción.

Mi postura y soluciones propuestas son ya conocidas – por pesado-, pero no deberían pasar por su absoluta prohibición, ni tampoco por la impunidad con la que determinados fondos se mueven en la actualidad, muy en particular, en relación con el régimen laboral de los futbolistas afectados. En un escenario de retirada de los poderes públicos y la financiación anudada a los mismos, la competitividad del fútbol profesional y de sus equipos, debe apoyarse no sólo en un mejor reparto de los derechos televisivos, sino en que los clubes de fútbol profesionales, como empresas que son, puedan valerse de instrumentos de financiación propios de cualquier instrumento empresarial, contemplando en su caso las especialidades mínimas necesarias para tutelar las especialidades del fútbol profesional como actividad empresarial (o lo que es lo mismo, el planteamiento seguido, por lo menos a nivel teórico por la Ley Concursal respecto de los concursos de entidades deportivas).

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