La RDGRN de 7 de septiembre de 2016, revoca la calificación registral y acepta, como no podía ser de otra forma, la acreditación de la realidad del depósito del dinero contravalor de un aumento de capital, mediante certificado emitido por entidad de crédito extranjero, por efectuarse el depósito en dicha entidad. En concreto, la DGRN.
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