Sobre la Ley de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa

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Ignacio Martín Martín Fernández

Sandra Cuesta LLerandi

Mañana entrará en vigor la Ley 15/2014, de 17 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, (“Ley 15/2014”) publicada ayer 17 de septiembre de 2014 en el Boletín Oficial del Estado.
Esta ley nace con el objetivo de dar cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de Octubre de 2012 por el que se dispuso la creación de la “Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas” con el objetivo, entre otros, de racionalizar de las estructuras públicas, especialmente en aquellos ámbitos en los que existen competencias compartidas entre distintas Administraciones, de tal modo que cada Administración cuente con el tamaño y los medios adecuados para llevar a cabo sus funciones.
La,ley reestructura los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte, Empleo y Seguridad Social y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de forma que sus funciones puedan llevarse a cabo por un menor número de entidades y órganos colegiados, “con una visión más global e integradora y con un menor coste para los ciudadanos”, conforme señala su Exposición de Motivos.
Las principales novedades de la Ley 15/2014, son las siguientes:

  1. Notificaciones: el BOE pasa a tener la condición de “Tablón Edictal Único” para todas las notificaciones administrativas. Esto permitirá que las administraciones autonómicas y locales inserten en él sus anuncios. Esta novedad modificará la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De esta manera como dispone la citada ley en su Exposición de Motivos, “el ciudadano sabrá que, mediante el acceso a un único lugar y con la garantía y seguridad jurídica que supone el “Boletín Oficial del Estado”, puede tener conocimiento de todos los anuncios para ser notificado que le puedan afectar, independientemente de cual sea el órgano que los realiza o la materia sobre la que versan”. Esta novedad, a su vez, modifica la Ley General Tributaria y el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, en materia de notificaciones.
  2. Firma electrónica: esta novedad modifica la Ley 11/2007 con el objetivo de asegurar el uso de una única relación de certificados electrónicos que sean reconocidos en todas las Administraciones. Esta modificación responde a la tramitación que se está llevando a cabo en el seno de la Unión Europea sobre un reglamento europeo de identificación electrónica y servicios de confianza para las transacciones en el mercado interior.
  3. Licencia deportiva única: esta licencia habilita a su titular para participar en cualquier competición oficial independientemente de su ámbito territorial. La finalidad de esta medida es potenciar el principio de unidad de mercado en el ámbito del deporte no profesional.
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