ICOs y regulación

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Blockchain, tokens, criptomonedas, bitcoins…e ICOs (Intial Coin Offerings), la revolución en los mercados financieros está aquí, y desde hace un tiempo, por su expansión, el concepto de moda es el de las Ofertas Iniciales de Monedas o ICOs, emisión de tokens para la financiación de una nueva criptomoneda o de otros proyectos empresariales en el marco de blockchain.

En relación con las criptomonedas e ICOs, destaca la reciente comunicación de la CNMV haciendo referencia a otra previa de la SEC, subrayando los riesgos específicos para profesionales, invernares particulares y para el sector financiero en general, cuya lectura os recomiendo.

En todo caso, la generalización de estas estructuras de financiación de proyectos, en la medida en la que los tokens ofertados y colocados podrían ser considerados como auténticos instrumentos financieros, parece que reclama un marco regulatorio mínimo que permita mitigar los riesgos específicos concurrentes (como ha sido el caso, por ejemplo, del crowdfunding). Esta es la tesis que defiende con detalle y claridad el profesor Tapia aquí, y que comparto plenamente.

De cualquier forma, la oferta pública de instrumentos financieros -como podrían ser considerados los tokens-, en la medida en la que concurran los requisitos del artículo 35 del TRLMV, exigen el cumplimiento de una serie de requisitos de información y transparencia (i.e. el folleto), que deberían ser satisfechos.

PD: En ocasiones, la regulación se convierte en un mal menor, y la concurrencia de riesgos específicos y cualificados en estas estructuras, su generalización y la necesidad de crear un escenario básico que genere confianza y seguridad, aconsejan estudiar dicho marco regulatorio.

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