Fintech y nuevos modelos de supervisión financiera

Share Button

Aun cuando no guarde relación con el título del post, en primer lugar, os avanzo mis disculpas por mi ausencia reiterada y por la falta de publicaciones en las últimas semanas, el día a día nos come y resulta difícil encontrar un rato para escribir algo mínimamente interesante.

Dicho eso, me gustaría detenerme brevemente en el tema de moda en el ámbito jurídico-financiero, las Fintech o Tecnofinanzas, como ya lo he hecho recientemente en otras entradas. En este caso, para recoger una muy sucinta reflexión entorno al modelo de supervisión comunitaria -fundamentalmente- y nacional que se esboza, a la vista de las últimas novedades normativas, propuestas y proyectos. En el fondo de la cuestión Fintech, y desde la perspectiva regulatoria, subyace la necesidad o no de una nueva regulación específica que recoja las nuevas realidades, y esta es una de las principales cuestiones que en el Plan de Acción de la Comisión, de 8 de marzo de 2018 se plantea y suscita.

Tuve ocasión de exponer mi planteamiento en relación con la cuestión, en el Congreso de Nuevas Tecnologías- Derecho y Empresa de la URJC, el pasado 17 de mayo, y puede resumirse de forma sintética como sigue:

1) No veo claro la necesidad urgente de una regulación específica y, en todo caso, si ésta se plantease debería ser lo suficientemente amplia, material y flexible, como para dar cobertura a todo el nuevo abanico de realidades Fintech. Un marco de principios que de cobertura a muy diferentes realidades materiales, rápidamente cambiantes.

2) La gran mayoría de las nuevas cuestiones jurídicas que se suscitan pueden resolverse acudiendo a la normativa vigente, incluyendo los nuevos fenómenos en categorías tradicionales, mientras que  una nueva regulación ad hoc no garantiza que dicha regulación se vea rápidamente superada a la vista de la velocidad de los acontecimientos.

3) Es preciso reflexionar muy detenidamente sobre qué aspectos se quiere regular ad hoc (criptomonedas, etc).

4) Me parece una mejor opción trabajar en un modelo de supervisión flexible, proporcionado y ajustado a las nuevos modelos Fintech. Un modelo alejado del clásico sistema de supervisión administrativa continental, que sea ágil, innovador y centrado en el impulso y entendimiento de los nuevos actores en el mercado financiero (piénsese en los ejemplos como el «sandbox» o similares).

5) Mi valoración de las grandes líneas del Plan de Acción es positiva, dado que parece apuntar lo expuesto tras apresuradamente en los puntos anteriores.

Espero poder sacar tiempo para desarrollar en el blog alguna de estas cuestiones.

Share Button