<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>Comentarios en: 5 consejos básicos para redactar un Informe o Memo(randum)</title>
	<atom:link href="http://luiscazorla.com/2014/06/5-consejos-basicos-para-redactar-un-informe-o-memorandum/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>http://luiscazorla.com/2014/06/5-consejos-basicos-para-redactar-un-informe-o-memorandum/</link>
	<description>EL BLOG DE LUIS CAZORLA</description>
	<lastBuildDate>Fri, 17 Feb 2023 08:17:35 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>hourly</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>1</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=4.2.39</generator>
	<item>
		<title>Por: Luis Cazorla</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/06/5-consejos-basicos-para-redactar-un-informe-o-memorandum/#comment-105014</link>
		<dc:creator><![CDATA[Luis Cazorla]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 20 Nov 2016 20:08:41 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=1124#comment-105014</guid>
		<description><![CDATA[La distinción informe-legal opinión deriva de derecho anglosajón y habría que analizar si tendría -o no- consecuencias prácticas en nuestro ordenamiento jurídico. En una legal opinion, el abogado o despacho manifiesta expresamente optar por un criterio jurídico concreto, además, en el marco de un proceso legal en el que se demanda la opinión jurídica de un experto en relación con un tema discutido (una financiación, por ejemplo). Por ello parece asumir una responsabilidad mayor que en un simple informe jurídico, en el que en principio no hay una conclusión tan concreta como en la legal opinion, y se emite en un marco menos exigente. Lo anterior se traduce en un mayor coste de la legal opinión en términos de honorarios, frente al simple informe.

En todo caso, es una distinción anglosajona y habría que ver en cada caso ante qué tipo de documento estamos. La legal opinion se podría asemejar más a un Dictamen.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>La distinción informe-legal opinión deriva de derecho anglosajón y habría que analizar si tendría -o no- consecuencias prácticas en nuestro ordenamiento jurídico. En una legal opinion, el abogado o despacho manifiesta expresamente optar por un criterio jurídico concreto, además, en el marco de un proceso legal en el que se demanda la opinión jurídica de un experto en relación con un tema discutido (una financiación, por ejemplo). Por ello parece asumir una responsabilidad mayor que en un simple informe jurídico, en el que en principio no hay una conclusión tan concreta como en la legal opinion, y se emite en un marco menos exigente. Lo anterior se traduce en un mayor coste de la legal opinión en términos de honorarios, frente al simple informe.</p>
<p>En todo caso, es una distinción anglosajona y habría que ver en cada caso ante qué tipo de documento estamos. La legal opinion se podría asemejar más a un Dictamen.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: Blanca Martínez Cauce</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/06/5-consejos-basicos-para-redactar-un-informe-o-memorandum/#comment-104883</link>
		<dc:creator><![CDATA[Blanca Martínez Cauce]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 15 Nov 2016 16:15:02 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://luiscazorla.com/?p=1124#comment-104883</guid>
		<description><![CDATA[Buenas tardes. 

Soy estudiante de derecho y administración de empresas y me encuentro ante la situación de tener que redactar un informe jurídico y una &quot;legal opinion&quot;. He buscado información en diversas fuentes, pero no logro entender la diferencia entre ambas. Tampoco se que diferencia de responsabilidad hay entre dichas figuras.¿ Qué responsabilidad se deriva de la firma de un informe jurídico y de la firma de una legal opinion?. 
He leído bastantes publicaciones de su blog, dado el carácter didáctico que me parece que tienen y me resultaría de mucha ayuda que me contestase a esta cuestión. 

Muchas gracias. 
Un saludo.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes. </p>
<p>Soy estudiante de derecho y administración de empresas y me encuentro ante la situación de tener que redactar un informe jurídico y una «legal opinion». He buscado información en diversas fuentes, pero no logro entender la diferencia entre ambas. Tampoco se que diferencia de responsabilidad hay entre dichas figuras.¿ Qué responsabilidad se deriva de la firma de un informe jurídico y de la firma de una legal opinion?.<br />
He leído bastantes publicaciones de su blog, dado el carácter didáctico que me parece que tienen y me resultaría de mucha ayuda que me contestase a esta cuestión. </p>
<p>Muchas gracias.<br />
Un saludo.</p>
]]></content:encoded>
	</item>
</channel>
</rss>
