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	<title>Comentarios en: Una nueva reforma de la Ley Concursal: refinanciación y reestructuración empresarial</title>
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	<description>EL BLOG DE LUIS CAZORLA</description>
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		<title>Por: Joaquin</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Joaquin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 06 Sep 2014 09:12:25 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Muy interesante todos los cambios comentados. Información de primera mano. 

Buenas medidas para los que se acojan al 5 bis pues todo lo que sea ayudar a las empresas en la refinanciación redundara en la persistencia de muchas empresas. 

Me queda la duda de sí aclara la reforma que contempla el procedimiento concursal, si el 5 bis entra dentro de esta nomenclatura. Es importante a la hora de establecer si es necesario realizar un acuerdo con la seguridad social, para los mayores de 55 años en caso de haber realizado un ERE por causas económicas. 

Actualmente no existe jurisprudencia al respecto por lo que algunos juristas interpretan una cosa y, la seguridad social lo contrario. Lógico. 

Esperemos a la publicación en el BOE a ver si nos aclaran este punto.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Muy interesante todos los cambios comentados. Información de primera mano. </p>
<p>Buenas medidas para los que se acojan al 5 bis pues todo lo que sea ayudar a las empresas en la refinanciación redundara en la persistencia de muchas empresas. </p>
<p>Me queda la duda de sí aclara la reforma que contempla el procedimiento concursal, si el 5 bis entra dentro de esta nomenclatura. Es importante a la hora de establecer si es necesario realizar un acuerdo con la seguridad social, para los mayores de 55 años en caso de haber realizado un ERE por causas económicas. </p>
<p>Actualmente no existe jurisprudencia al respecto por lo que algunos juristas interpretan una cosa y, la seguridad social lo contrario. Lógico. </p>
<p>Esperemos a la publicación en el BOE a ver si nos aclaran este punto.</p>
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