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	<title>Comentarios en: La reforma de la Ley de Consumidores y los conceptos de consumidor y empresario</title>
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	<description>EL BLOG DE LUIS CAZORLA</description>
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		<title>Por: ¿Puede tener una sociedad mercantil el carácter de consumidor? - NotaríAbierta</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/03/la-reforma-de-la-ley-de-consumidores-y-los-conceptos-de-consumidor-y-empresario/#comment-113669</link>
		<dc:creator><![CDATA[¿Puede tener una sociedad mercantil el carácter de consumidor? - NotaríAbierta]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Jun 2017 05:35:36 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[[&#8230;] consumidor en el art. 3 LGDCU, no aclaró dicho concepto de manera clara y terminante (así lo ha criticado el abogado y profesor de Derecho Mercantil don Luis Cazorla en su blog); y, en lo que aquí analizamos, con relación a la inclusión o no como consumidores de sociedades [&#8230;]]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[&#8230;] consumidor en el art. 3 LGDCU, no aclaró dicho concepto de manera clara y terminante (así lo ha criticado el abogado y profesor de Derecho Mercantil don Luis Cazorla en su blog); y, en lo que aquí analizamos, con relación a la inclusión o no como consumidores de sociedades [&#8230;]</p>
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		<title>Por: Miguel Ángel Martín</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/03/la-reforma-de-la-ley-de-consumidores-y-los-conceptos-de-consumidor-y-empresario/#comment-99664</link>
		<dc:creator><![CDATA[Miguel Ángel Martín]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Apr 2016 09:38:24 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Buenos días. Respecto de la definición de consumidor y empresario, me gustaría si es posible, me aclararan una duda:
En un préstamo hipotecario, destinado para la refinanciación de deudas de una empresa, donde los firmantes a partes iguales son dos empresarios y cuatro particulares que nada tienen que ver con la actividad de la empresa, es posible considerar que el préstamo es a consumidores para así poder reclamar la anulación de la cláusula suelo y por tanto la reclamación de lo cobrado indebidamente? 
Muchas gracias de antemano.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días. Respecto de la definición de consumidor y empresario, me gustaría si es posible, me aclararan una duda:<br />
En un préstamo hipotecario, destinado para la refinanciación de deudas de una empresa, donde los firmantes a partes iguales son dos empresarios y cuatro particulares que nada tienen que ver con la actividad de la empresa, es posible considerar que el préstamo es a consumidores para así poder reclamar la anulación de la cláusula suelo y por tanto la reclamación de lo cobrado indebidamente?<br />
Muchas gracias de antemano.</p>
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