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	<title>Comentarios en: Blablacar, el «consumo colaborativo» y la competencia desleal</title>
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	<description>EL BLOG DE LUIS CAZORLA</description>
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		<title>Por: Carlos</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/03/blablacar-el-consumo-colaborativo-y-la-competencia-desleal/#comment-43777</link>
		<dc:creator><![CDATA[Carlos]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 18 Oct 2014 09:32:07 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[En la pàgina oficial del Ministerio de Fomento, dice que se multara con multas altas a todos aquellos que realicen estas practicas, ante esto, que hacemos?, quien determina una cosa asì?,  si no es ilegal por no haber motivos opara que lo sea, como un Ministerio dictamina esto?,  pero si un dia nos multan, sabemos que la maquinaria quien la para?, .

los ciudadanos sabemos que estamos indefensos ante la autoridad, y aunque tengas razon, tienes que meterte en abogados para que te quiten la multa,  creo que las empresas estas deberian  judicialmente, o oficializar esto,  o se resuelva en el Parlamento. ¿pero son neutrales en el Parlamento?.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>En la pàgina oficial del Ministerio de Fomento, dice que se multara con multas altas a todos aquellos que realicen estas practicas, ante esto, que hacemos?, quien determina una cosa asì?,  si no es ilegal por no haber motivos opara que lo sea, como un Ministerio dictamina esto?,  pero si un dia nos multan, sabemos que la maquinaria quien la para?, .</p>
<p>los ciudadanos sabemos que estamos indefensos ante la autoridad, y aunque tengas razon, tienes que meterte en abogados para que te quiten la multa,  creo que las empresas estas deberian  judicialmente, o oficializar esto,  o se resuelva en el Parlamento. ¿pero son neutrales en el Parlamento?.</p>
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		<title>Por: Francesco Apollinar</title>
		<link>http://luiscazorla.com/2014/03/blablacar-el-consumo-colaborativo-y-la-competencia-desleal/#comment-5009</link>
		<dc:creator><![CDATA[Francesco Apollinar]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 24 Mar 2014 20:59:48 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Lo de dirigirse a la CNMC es completamente absurdo, desde luego... Además, para poder acceder a este organismo vía art. 3 LDC haría falta que ese acto de competencia desleal sea susceptible de afectar al interés público, lo que parece disparatado plantear.

Quizá cabría esgrimir una infracción del art. 15 LCD (violación de normas) o utilizar la cláusula general del art. 4 LCD. Sin embargo, haciendo un análisis rápido, yo no tildaría esta práctica de competencia desleal. Los problemas sí que pueden aparecer si la DGT considera que se produce algún hecho imponible por el que sea necesario tributar, porque lo que parece poco probable es que Bla bla car no obtenga ningún tipo de beneficios por ofrecer esta plataforma.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Lo de dirigirse a la CNMC es completamente absurdo, desde luego&#8230; Además, para poder acceder a este organismo vía art. 3 LDC haría falta que ese acto de competencia desleal sea susceptible de afectar al interés público, lo que parece disparatado plantear.</p>
<p>Quizá cabría esgrimir una infracción del art. 15 LCD (violación de normas) o utilizar la cláusula general del art. 4 LCD. Sin embargo, haciendo un análisis rápido, yo no tildaría esta práctica de competencia desleal. Los problemas sí que pueden aparecer si la DGT considera que se produce algún hecho imponible por el que sea necesario tributar, porque lo que parece poco probable es que Bla bla car no obtenga ningún tipo de beneficios por ofrecer esta plataforma.</p>
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